En mérito de lo precedentemente expuesto, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la solicitud de beneficio de Justicia gratuita formulada por la ciudadana THANIS LOURDES TOVAR PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.573.587, de este domicilio, asistida por la abogado en ejercicio ANISORELY COLOMBO BOLIVAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.224.-