Por las razones expuestas y de conformidad con las disposiciones legales invocadas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley. declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, intentada por " BANCO PROVINCIAL S.A. (BANCO UNIVERSAL), contra la ciudadana ELVIRA FELICIA ROJAS MARACARA, todos plenamente identificados en autos y en el presente fallo; en consecuencia se resuelve el contrato de venta con reserva de dominio fundamento de la presente acción y se ordena hacer entrega a la parte demandante del vehículo objeto del contrato accionado, el cual se identifica a continuación: Marca: FORD, Placa 94CDBA, Modelo F-150, Años 2007; Tipo Pick UP, Uso Carga; Clase Camioneta, Color Blanco, serial Motor 7-A17389, Serial de Carrocería 3FTRF17227MA17389.
SEGUNDO: Las cuotas.....