Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declina el conocimiento de la presente causa en el Juzgado de Municipio Girardot de esta Circunscripción Judicial, por carecer de competencia por razón de la cuantía. En consecuencia, este Tribunal se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente causa y ordena remitir el presente expediente al Juzgado Distribuidor de Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de su distribución. Líbrese Oficio