Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha "26 de octubre de 2010" que declaró con lugar la acción de desalojo intentada por VINCENZO SERGI ALOI, titular de la cédula de identidad N° V- 7.221.244, asistido por la abogado ANA RAQUEL CONTRERAS, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 21.178, en contra de la ciudadana YOLANDA DEL CARMEN FANEITES TIRADO, titular de la cédula de identidad N° V. 12.000.606, sobre el inmueble constituido por una casa ubicada en la Calle Miranda N° 132, Municipio .....