Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE la confesión ficta de la parte demandada Sociedad Mercantil PROCESADORA DE PLATICOS BOLPLAS C.A inscrita ante el Registro mercantil Segundo del estado portuguesa en fecha 25 de abril de 2016, bajo el N° 28, Tomo 22-A representada por su Director LUIS EDGARDO PERAZA ANZOLA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.672.160. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO que tiene intentado el ciudadano FRANKLINS JOSE LEON BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.800.923 actuando en su carácter de presidente de la cooperativa PLASTICO CAMBURITO R.S inscrita an.....