Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 eiusdem, en el juicio que por MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO fue instaurado por DILIA DEL VALLE NIEVES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 5.276.937, debidamente asistida por su apoderado judicial, abogado en ejercicio JESUS MAURICK MORENO MEDINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No 214.122 contra los Herederos Desconocidos del ciudadano LASZLO VERES BORDACS, titular de la cédula de identidad Nº 5.306.520, fallecido en fecha 18 de febrero de 2014.