Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por divorcio intentada por el ciudadano JOAO JOSE RODRIGUES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.466| .549, domiciliado en Turmero Estado Aragua, contra su cónyuge la ciudadana GRACIELA ORLYMARY BETSABETH ROMERO NARVAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.894.705, con fundamento en la causal tercera (2°) del artículo 185 el Código Civil, en consecuencia, se declara disuelto el Matrimonio Civil, celebrado en fecha "09 de Mayo de 2014" por ante el Registro Civil Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, y como consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que los une. Notifíquese a las partes de la presente decisión.