este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, interpuesta por la parte actora, Sociedad Mercantil LACTEOS ARAGUANEY JEB C.A., inscrita ante el Registro Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 15 de junio de 1999, bajo el N° 1, Tomo 968-A, mediante sus apoderados judiciales los abogados JOSE OCTAVIO OCANDO JUAREZ y CESAR ALBERTO ROJAS ARACAS, titulares de las cedulas de identidad N° V-12.002.699 y V-9.872.649, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 78.806 y 69.343, contra la Sociedad de Comercio "INVERSIONES CECONEP DE VENEZUELA C.A.", debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 11 de junio del año 2010, anotado bajo el N° 20, Tomo: .....