En consecuencia este Tribunal por las razones antes expuestas y el criterio jurisprudencial antes transcrito, a los fines de garantizar el legítimo derecho a la defensa, consagrado en el artículo 49, numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, revoca el nombramiento efectuado en fecha 29 de marzo de 2023 y recaído en la persona del Abogado PABLO ERNESTO LEDEZMA VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 292.757, como defensor ad litem del ciudadano RODRIGO IGNACIO FUSCO ZEIDEM, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-26.902.019, por la manifiesta representación deficiente y siendo deber de los Jueces en ese sentido procurar la estabilidad de los juicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de resguardar el debido proceso, SE REPONE el presente proceso al estado designar nuevo defensor ad litem al demandado, declarándose la nulidad absoluta de las actuaciones que.....