DECLARA: PRIMERO: SE ADMITE la presente acción de amparo constitucional incoada por el Defensor Público Provisorio de la Defensa Publica Segunda con Competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria para la Defensa del Derecho a la Vivienda, abogado LUIS ENRIQUE MALDONADO VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 196.494, en representación de la ciudadana VICTORIA CAROLINA ORTIZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad y con cédula de identidad N° 13.221.929. SEGUNDO: CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional. En consecuencia, se ORDENA a la ciudadana MILAGROS ANDREINA MILANO CAUTEO, venezolana, mayor de edad y con cédula de identidad N° 15.122.782, restituir la situación jurídica infringida, por lo cual deberá poner a la ciudadana VICTORIA CAROLINA ORTIZ SALAZAR, venezolana, mayor de edad y con cédula de identidad N° 13.221.929, en posesión del inmueble ubicado en la Urbanización El Orticeño, Calle Principal, Casa N° 24, Municipio Libertador del estado A.....