Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Divorcio Ordinario formulada con base a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil venezolano vigente, en su ordinal 2do, intentada por el ciudadano WISTON MISAEL RODRÍGUEZ URIBE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.626.452, debidamente representado por la Abogada BEATRIZ LIENDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 17.554, contra la ciudadana AUDIS NORMEDI CHOURIO CROQUER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.077.239, de este domicilio.