Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por retracto legal arrendaticio sobre el inmueble ubicado en el sector Barrio La Barraca II, avenida Guaicaipuro Nro. 28, referencia cruce con Calle 6, Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, interpuesta por el ciudadano JIMBERTH XAVIER MAGDALENO MARÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.702.553, asistido por la abogada Sandra Romero Duque, Inpreabogado No. 49.609, contra los ciudadanos RAMÓN ALEXIS FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y MANUEL DE ABREU DA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-6.090.758 y V- 16.865.840 respectivamente.
SEGUNDO: Se declara sin lugar la defensa perentoria (caducidad) plantead.....