Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA la medida de secuestro sobre un vehículo con las características siguientes: Placa: AB221AT; Clase: Automóvil; Modelo: Maverick; Marca: Ford; Tipo: Sedan; Color: Gris; Uso: Particular; Año: 1976; Serial de motor: 6 CIL; Serial de Carrocería: AJ92SD43635, solicitada por la parte actora en su demanda, Ciudadanos SORAYA CASTILLO TORRES, TITO JESUS CASTILLO TORRES Y CAROLINA CASTILLO TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V- 7.223.599, V- 7.247.415 y V- 9.649.772, respectivamente.