En consecuencia, visto que en la presente causa desde la fecha de la admisión de la demanda [08 de abril de 2013] hasta la presente fecha, han transcurrido notablemente más de treinta (30) días continuos sin que la parte actora haya impulsado la citación del demandado, y en conformidad con lo establecido en los Artículos 267 ordinal 1o y 269 del Código de Procedimiento Civil supra transcritos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de cumplimiento de contrato incoado por los abogados Felix Garrido y Miguel Linares, inscritos en el inpreabogado bajo los números 34.909 y 128.370, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte actora ciudadano FREDDYS JOSÉ BORJAS ALVAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-5.236.282, contra el ciudadano ALI ARIEL TORTOLERO SIERRA, venezolano, mayor de edad y titul.....