Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: la REPOSICÍON DE LA CAUSA al estado de librar nueva citación personal de las ciudadanas: ESPERANZA PERUCHINI CALDERÓN, TERESA PERUCHINI CALDERÓN, ANGELA PERUCHINI CALDERÓN y AGUISELDA PERUCHINI CALDERÓN, venezolanas, mayores de edad, cédulas de identidad Nros. V-3.241.304; V-1.891.394; V-2.116.818; y V-3.235.783, respectivamente y en consecuencia, quedan NULOS y SIN EFECTO todos los actos posteriores a la írrita citación practicada.