: En ese sentido, este Tribunal observa, que se cometió un error material en la Sentencia al indicar que: de la unión conyugal procrearon tres (03) hijos. Ahora bien, en el punto donde se señala "(...) Durante la unión conyugal procrearon tres (03) hijos de nombre: JAIRO OSCAR, ANNYE YISBELL, CARLOS ALBERTO (...)", pues siendo esto incorrecto, debiendo decir: "(...) Durante la unión conyugal procrearon cuatro (04) hijos, de nombre: JOSÉ ANTONIO, JAIRO OSCAR, ANNYE YISBELL y CARLOS ALBERTO, conforme lo indicaron las partes solicitantes, en su escrito que riela al folio uno (01) con su respectivo vuelto del presente expediente.