revisado como ha sido el escrito de contestación presentado por la parte demandada, este Tribunal observa que ésta realizó oposición a la demanda interpuesta, aduciendo la contradicción entre la cuota parte que le correspon de a los coherederos y al carácter de los mismos sobre el biene inmueble que presuntamente pertenecen al aservo hereditario que dejó la causante ciudadana BELKIS COROMOTO CRESPO DE ARANGUREN