´PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana VIVIAN DAYANA GONZÁLEZ SEGNINI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 19.947.512, asistida por los abogados Eliezer Gabriel Yovera, Nelson José de Jesús Gómez y José Antonio Alzola, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 297.019, 296.325 y 27.537 respectivamente, en contra del ciudadano EUDES RAMÓN GONZÁLEZ NAVEA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.477.682, todo ello de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. ´