Por los razonamientos expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, forzosamente declara TERMINADO el presente procedimiento que por DIVORCIO 185-A fue intentada por los ciudadanos GERMAN CASTILLO GUZMAN, peruano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro 81.960.398 y BERNA RAMIREZ, peruana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro 81.849.555 debidamente asistidos por el abbogado en ejercicio JOSÉ ANIBAL MARQUEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el nro 13.011, al verificarse el incumplimiento de los requisitos exigidos por la ley en los términos expuestos en la motiva.