Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO incoada por el ciudadano LAUREANO ANTONIO REGALADO GAMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.992.520 y de este domicilio, debidamente asistido por las ciudadanas abogadas Georgeth Ronayk y Mariannie Hidalgo Inpreabogados Nros. 132.283 y 121.539 respectivamente, contra la ciudadana NEISA VICTORIA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.362.505.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial que los unía celebrado en fecha veinte (20) de Mayo de 2010, conforme consta en copia certificada del acta de matrimonio que se observa en el folio siete (07) del expediente.
TERCERO: No hay condenator.....