Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara Incompetente en razón del Territorio, para conocer y decir la presente acción de Inserción de Partida de Nacimiento presentada por la ciudadana GINA DEL CARMEN GONZALEZ, razón por la cual DECLINA su competencia al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, a quien se ordena remitir el presente expediente anexo a oficio, para la continuación del mismo. Y Así se Decide.-