Esta Juzgada de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en los ordinales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano RICARDO JOSE NATERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.823.842, asistido por la abogada en ejercicio DEISY SANCHEZ MORALES, inpreabogado N° 75.014. Contra su cónyuge, la ciudadana MARIA BARTOLA MEJIAS DE NATERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.040.580; SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas. TERCERO: Por cuanto el presente fallo se dicto fuera del lapso se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Proced.....