este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción judicial del Estado Aragua, SE DECLARA IMCOMPETENTE para conocer de la presente acción, y en consecuencia declina la competencia al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta misma circunscripción Judicia, con sede en Maracay a quien se ordena su remisión para que conozca de la misma. Remítase con oficio.