Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los Ciudadanos: CESAR AUGUSTO ALFONZO y MAYRA ALEJANDRA ARQUES MOLINA, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cedulas de Identidad Números V-15.301.833 y V-16.888.386 respectivamente, en consecuencia, disuelto el Matrimonio que los unía; Contraído en fecha Día 22 de Enero de 2005, según consta en Acta de Matrimonio inserta bajo el Acta Nº 006, año 2005, en los Libros de Registro Civil de MATRIMONIOS llevados por ante el Despacho del Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, durante el año Dos Mil Cinco (2005), la cual fue consignada en Copia Certifica y cursa al folio CUATRO (04) del presente expediente.-