este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud propuesta, y ordena en forma Sumaria al Ciudadano Registrador Principal del Estado Aragua, igualmente al Director del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, estampar la debida Nota Marginal en el ACTA DE DEFUNCION, del Ciudadano TADEO ZAPATA CARRILLO, a fin de que escriban correctamente "los NOMBRES de CINCO (05) de los DIEZ (10) hijos", así donde está asentado como "PETRA MARÍA", "ANDRES AVELINO", "MARTINA BARTOLA", "CARLOS ARMANDO" y "MARCOS ESTEBAN", debe asentarse: "PETRA", "ANDRES", "MARTINA", "CARLOS" y "ESTEBAN". Y así se Decide.