INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con Sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud que encabeza las actas procesales de este asunto y que fue presentada por la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Sucre del Estado Aragua.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha diecinueve de enero del dos mil veintitrés (19-01-2023), entre los ciudadanos JANETH DEL CARMEN GARCIA DE PERDOMO y DESIREE MARGARITA MENDOZA MARTINEZ, ambas venezolanas, mayores de edad, titulares de su cedula de identidad Nos. V- 10.455.662 y V-26.834.255, respectivamente, actuando a favor de la menor de edad: xxxxxxxxxxxxxxxxx de un (01) años de edad y diez meses, con domicilio en el Municipio Sucre del Estado Aragua, .....