éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Cagua, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACIÓN al presente litigio en los términos y condiciones establecidas por las partes, y ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y así se decide; Expídanse por Secretaría Copias Certificada solicitadas, del escrito supra mencionado con inserción del presente auto y las que fueren menester a los interesados, en concordancia con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. CERTIFIQUENSE. Con respecto a los originales consignados junto con el Libelo de la demanda, se ordena la devolución respectiva de los mismos, dejándose en su lugar copias fotostáticas, previa su certificación e.....