VI.- DEL DISPOSITIVO DEL PRESENTE FALLO.-
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA:
Primero: CON LUGAR LA DEMANDA, que por TERCERIA, incoada por la abogada MAYELI OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.144.451, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 149.596; en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos SOSA CASTILLO FRANCISCO ABRAHAM, ESTABAN OSCAR ENRIQUE, VILLEGAS HERRERA YULEYMA JOSEFINA, COLINA RAQUEL AMADA, NIEVES PERALTA MARIA LUISA, SILVA ALDANA MARIA DEL CONSUELO, MOLINA BLANCO LUZ MARINA, PEÑA SALAS YANETSI JOSEFINA, ACOSTA VALDEMAR ANTONIO, GOMEZ DE MATUTE NEREYDA BEATRIZ, PACHECO OBERTO YASNEY YARITZA, DISANTO DE POVEDA MAYRA ALEJANDRA, HERNÁNDEZ CARUCI DIANN.....