Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Rectificación de Acta de Defunción, solicitada por el ciudadano ELKIN JOSUE ALZATE MAZO, ampliamente identificado en autos, en lo que respecta a que el nombre correcto del solicitante es ELKIN JOSUE ALZATE MAZO y la inclusión de la hija del De Cujus ciudadana MIREYA DEL SOCORRO ALZATE DE MONSALVE (fallecida). No así en lo que respecta a la exclusión del ciudadano LUÍS ALZATE MAZO, por cuanto el solicitante no probo en autos la inexistencia de algún vínculo con el mencionado ciudadano. En consecuencia, se ordena remitir copias certificada de la solicitud y la presente decisión al Registro Principal del Estado Aragua, y al Registro Civil de Municipio San Sebastián de los Reyes, para que conforme al Artículo 774 del Códi.....