Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNION ESTABLE DE HECHO interpuesta por la ciudadana LUISA MORELIS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.252.332, asistida por la abogada en ejercicio MARISELA JOSEFINA PADRON DE GUEDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-5.115.350 y debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 294.142, contra la SUCESORES DEL DE CUJUS PEDRO MIGUEL ALVARE, quienes hicieron vida en común por un tiempo ininterrumpido desde el año 1.996 hasta el 11 de junio del año 2019, es decir por veintitrés (23) años, año este último de 2019 en el cual falleció el ciudadano PEDRO MIGUEL ALVARE.....