declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada por los SESTO TAMBASCO MEROLA y MARTHA LUZ BUENO MONTOYA, el primero de nacionalidad Italiana y la segunda venezolana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº E-903.272 y V-6.400.612 respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Junta Comunal del Municipio Leoncio Martínez, Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha 30 de Octubre de 1.976, anotado bajo el Nº 181.
En cuanto a los hijos procreados este Tribunal nada tiene que decidir por ser mayores de edad. Igualmente nada tiene que señalar en cuanto no adquirieron bienes que liquidar.