Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: FRANKLIN FRANCES HERRERA y AURA FRANCISCA ROMAN ACOSTA, portadores de las Cédulas de Identidad, el primero Nº V-4.365.682 y la segunda Número V-4.365.261, Venezolanos, Casados, mayores de edad, ambos de este domicilio; el primero de profesión Perito Agropecuario y la segunda oficios del hogar. En consecuencia, se declara disuelto el vìnculo Conyugal que contrajeron en fecha PRIMERO (1º) de DICIEMBRE de Mil Novecientos Setenta y Ocho (1978), constituidos en la Casa de Habitación del Sr. Ángel Roman, ubicada en el Callejón Nº 8-2, Los Colorados de la Ciudad de Villa de Cura comparecieron los ciudadanos: Pablo An.....