Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR LA PRETENSIÓN DE MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana MARIA JOSEFA VALIENTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.832.396, debidamente asistida por el abogado TEÓFILO BEZARA, Inpreabogado N° 5.498, contra el ciudadano FRANCISCO JOSÉ MEZA VALIENTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.928.782, la cual se tendrá como cierta desde el día 31 de diciembre de 1972, hasta el día 09 de abril de 2008; SEGUNDO: En virtud de la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.