En el dispositivo del fallo, cursante al folio 91, en donde se colocó la fecha "a los nueve (09) días del mes de Junio del año Dos Mil Doce (2.012)", debe leerse "a los nueve (09) días del mes de Julio del año Dos Mil Doce (2.012)". Tal sentencia quedó debidamente diarizada en fecha 09-07-2012, bajo el asiento No. 4.
Queda así aclarada la sentencia dictada en fecha 09 de Julio de 2012, tómese en cuenta el presente auto como parte integrante de dicho fallo.