Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185 ¿ A del Código Civil presentada por los ciudadanos JET JOSLIN GUZMAN PEÑA y MARIA ELENA PADRON MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.609.182 y V-12.168.993 respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 18 de Marzo de 1994, quedando registrado bajo el Nº 10, de los Libros de Registro Civil respectivos, correspondiente del año 1994.