Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud propuesta. En consecuencia, ordena en forma Sumaria al Registrador Principal del Estado Aragua, igualmente al Director del Registro Civil de Municipio Zamora del Estado Aragua, estampar la debida Nota Marginal en dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, a fin de que escriban correctamente lo siguiente: la fecha (AÑO) de presentación y en consecuencia la fecha (AÑO) de Nacimiento del Solicitante, donde está asentado: "...hoy ONCE DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS...", debe asentarse: "...hoy ONCE DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO ..."; Así mismo donde esta asentado: "...nació en esta ciudad, el día VEINTIOCHO de DICIEMBRE del año pasado...", vale decir: 28/12/1935, debe entenderse: "...28/12/1934..."; De igual manera donde .....