Acto seguido visto el acuerdo alcanzado por las partes el cual manifestaron de manera libre y voluntaria y sin constreñimiento alguno de conformidad con lo establecido en los artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, le imparte en este acto la HOMOLOGACION respectiva al acuerdo alcanzado por las partes y en tal sentido se le otorga el carácter de cosa juzgada. Se elaboran tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, el cual uno será agregado al expediente y dos para las partes presentes. Se ordenará el cierre y archivo del expediente. Se concluye el presente acto siendo las 11:30 am. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZA,
MAGALY BASTIA
Los presentes,
La Secretaria,
Palmira Alves.....