Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA: Primero: la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de iniciar del lapso de promoción de pruebas conforme a las reglas normativas del artículo 396 de la Norma Adjetiva Civil, para continuar de la forma correcta con el desarrollo de la causa en todo y cada uno de sus lapsos y etapas procesales subsiguientes, una vez que conste en autos el último de los notificados, en el presente juicio por ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, presentada en fecha "13 de Julio de 2.015", por el ciudadano: SANTIAGO BLANCO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.338.186, debidamente asistido por las abogadas: EIRA OVALLES LANDAETA y EIRA ISAMAR CASTILLO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.430.515.....