Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana MARLYN CONCEPCIÓN ZUBILLAGA REBOLLEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.854.388, contra el ciudadano NESTOR ANTONIO DÍAZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-16.435.901; en beneficio de sus hijos xxxxxx, xxxxxxxx y xxxxxxxx, y habiéndose establecido la capacidad económica del obligado, y por cuanto el salario mínimo para este momento esta fijado en la cantidad de Bs. F. 1.548,22, mensual, según Gaceta Oficial No. 39.660, de fecha 27 de abril del 2011, Decreto No. 8.156, correspondiendo la cantidad de Bs. F.51,60 como salario diario, en consecuencia, la obligación de alim.....