Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano NESTOR RAMON PERDOMO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-8.730.455, asistido por su Apoderada Judicial Abogado en ejercicio ANA JAZMIR DIAZ GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado Nº 27.524, contra su cónyuge, ciudadana DULCE MARÍA HERNANDEZ MOLLETON, venezolana, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Número V-8.726.032, en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura (hoy Registro Civil) del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, en fecha 19 de Agosto de 1987, asentada bajo el N° 203, de lo.....