Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SE DECLARA PROCEDENTE el DERECHO que tiene la abogada NATALY IVANOHUA VIÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 80.802, a cobrar HONORARIOS PROFESIONALES por las actuaciones extrajudiciales profesionales como abogado
Para un total estimado entonces de SEIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO DOS BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 6.322.102, oo), hoy en virtud de la reconversión monetaria del 2018, representa por efecto de esa conversión, la cantidad de SESENTA Y TRES BOLÍVARES CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS (Bs.63, 23). Y así se declara y decide.
Por lo que en consecuencia se considera que ha finalizado la fase declarativa en el presente procedimiento de honorarios profesionales.
Advirtiéndose que un.....