Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda por MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO intentada por el ciudadano JUAN CARLOS MATA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.817.233, debidamente asistido por la abogada YÉSSIKA MONRÓ CABRERA, Inpreabogado N° 98.533, contra la ciudadana ROSANA NÚÑEZ CORRALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.861.132.