Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN formulada por la parte demandada, ciudadana: CRETCHEN DEL ROSARIO MARTÍNEZ CEBALLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.521.373, debidamente representada. Segundo: CON LUGAR la presente demanda por DESLINDE DE PROPIEDAD CONTIGUA JUDICIAL, incoado por el ciudadano: PEDRO JUAN MARTINEZ DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.276.392, e inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 80.521, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano: JULIO ELIODORO PINZON AMADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.179.804, en contra de la ciudadana: CRETCHEN DEL ROSARIO MARTÍNEZ CEBALLOS, venezolana, mayor de edad, .....