Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos ERICK JOHAN VALERO ASTUDILLO y LISSETTE YAMILET CASTILLO ZERPA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.197.224 y V-11.925.517, respectivamente. En consecuencia, se Declara disuelto el vinculo matrimonial contraído en fecha 08 de diciembre de 2.000, por ante el Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Aragua., anotado bajo el N° 298.