Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 7, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara: PRIMERO: Incompetente en razón de la materia y declina la competencia al Juzgado Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a quien se ordena remitir el presente expediente, para que conozca del mismo. Désele salida. Líbrese Oficio. A los efectos del control de causas se le asignó el Nº14-16.882.