Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos: YEPSYS THAIBYS BLANCA y GONZALO PERFECTO FERNÁNDEZ ALONZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cèdulas de Identidad Nº 10.493.146 Y 579.819, respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vinculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Libertador capital Palo Negro del estado Aragua, en fecha 17 de Marzo del 2.000, anotado bajo el Nº 51 de los libros de Registro Civil Respectivos.