este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancaria de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de CUMPLIMIENTO FORZOSO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por la ciudadana: YERALDIN CORREA CELY, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-17.575.098, en interés de las Niñas: XXXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXX, actualmente de OCHO (08) y CINCO (05) años de edad, respectivamente, incoada contra el ciudadano: ENGLER JOSÉ MEDINA SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.849.701, en su carácter de progenitor y obligado alimentario. Fijando la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de DOCE (12) días de salario mínimo mensual que devengue el Obligado demandado, ciudadano ENGLER JOSÉ MEDINA SANDIA, antes identificado, en la empresa para la cual se en.....