Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: INADMISIBLE LA DEMANDA por SIMULACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesta por el ciudadano: VALERIO BECERRA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.123.835; en contra de los ciudadanos: ARNOLDO ELEUTERIO DE JESÚS BENITEZ CASTILLO, LISBETH DEL CARMEN MONTES GARCÍA, FRANCISCA LANDAETA GARCÍA y FLOR ANGÉLICA GARCÍA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.893.041; V-9.678.313; V-5.161.562 y V-7.248.228, respectivamente; conforme a los artículos 11, 14, 340 ordinal 5°, y 341, concatenado con el artículo 78, del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente.