Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: Primero: CON LUGAR el derecho de la abogada: ZORAYA RAMÍREZ BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.752.121, de este domicilio, e inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 61.142, a percibir honorarios provenientes de sus actuaciones Judiciales del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, según controversia de Liquidación y Partición de la Comunidad Conyugal. Segundo: CON LUGAR la pretensión de estimación e intimación de honorarios judiciales peticionados en la presente causa por la abogada: ZORAYA RAMÍREZ BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.752.121, de este domicilio, e .....