es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: NIEGA LA HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA contenida en el expediente 17681 acumulado en la causa N° 17.688, presentado en fecha 21 de Febrero de 2024, por el abogado en ejercicio JOSÉ A. CASTILLO S., inscrito en el Inpreabogado N° 30.911, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora ampliamente identificada en autos; y en consecuencia, se niega el desglose del mismo.